DS. N°67 - Proceso 2025: Acreditación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
De acuerdo a las modificaciones introducidas en el año 2020, por la Superintendencia de Seguridad Social, a través de la Circular N°3.649, es que viviremos el segundo Proceso de Evaluación de la Siniestralidad Efectiva en el cual, para acceder a la rebaja o exención de la tasa de cotización adicional diferenciada, además de los requisitos existentes, deberá acreditar que ha mantenido en funcionamiento un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo durante el último periodo anual.
El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa, al igual que en el proceso anterior, debe contar con los siguientes requisitos:
Una Política de Seguridad y Salud en el Trabajo (aprobada por su representante legal)
Un Diagnóstico de Situación (IPER y Anexo N°2: Autoevaluación inicial de cumplimiento de aspectos legales)
Un programa de trabajo preventivo
Para el cumplimiento de estos requisitos, se debe tener en consideración lo siguiente:
- Se entenderá que la empresa cuenta con una Política de Seguridad y Salud en el Trabajo y con un Diagnóstico de Situación, cuando éstos han sido elaborados o actualizados dentro de los dos últimos años anteriores al 1° de julio del año en que se inicia el último período anual del período de evaluación. Así, por ejemplo, para el proceso de evaluación que se inicia el 1° de julio del 2025, la Política y el Diagnóstico de Situación deberán haber sido elaborados o actualizados entre el 1° de julio de 2022 y el 30 de junio de 2024.
- Se entenderá que la entidad empleadora cuenta con un Programa de Trabajo, cuando éste ha sido elaborado o actualizado dentro de los 12 meses anteriores al 1° de julio del año en que se inicia el último período anual del proceso de evaluación e incluye actividades realizadas o a desarrollar durante ese último período anual. El programa de trabajo deberá haber sido elaborado o actualizado, entre el 1° de julio de 2023 y el 30 de junio del 2024, y contener actividades realizadas o a desarrollar entre el 1° de julio 2024 y el 30 de junio de 2025.
¿Cómo acreditar su cumplimiento?
Para la acreditación de los requisitos mencionados ante Mutual de Seguridad, la empresa deberá presentar una declaración simple suscrita por el representante legal, acompañada de una copia de la Política de SST, del Diagnóstico de Situación y del Programa de Trabajo. Estos documentos podrán ser ingresados en la Sucursal Virtual a partir del segundo semestre del año 2025 una vez notificado que su empresa puede optar a la rebaja para el proceso DS2025.
Empresas de más de 25 personas
- Política de Seguridad y Salud en el Trabajo
- Anexo N°42 - IPER Entidades de más de 25 trabajadores
- Autoevaluación Inicial de Cumplimiento de Aspectos Legales
- Anexo N°43 – Programa de Trabajo Preventivo
- Declaración Simple del Funcionamiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Declaración Simple Documentos Complementarios.
Instructivos aquí Formatos aquí
Empresas de hasta 25 personas
- Política de Seguridad y Salud en el Trabajo
- Anexo N°41 - IPER Entidades hasta 25 trabajadores
- Autoevaluación Inicial de Cumplimiento de Aspectos Legales
- Anexo N°43 – Programa de Trabajo Preventivo
- Declaración Simple del Funcionamiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Declaración Simple Documentos Complementarios.
Instructivos aquí Formatos aquí
Declaración simple del funcionamiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
Autoevaluación Inicial de Cumplimiento de Aspectos Legales – Anexo N°2
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