El Decreto Supremo N°44 del año 2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social establece en el artículo 19 para cada centro de trabajo, la obligación de contar con uno o más plan de gestión, reducción y respuestas en el caso de emergencias, desastres y catástrofes.
Para su elaboración, estos deberán ser elaborados conforme a la respectiva “Guía para la implementación del Plan para la reducción del riesgo de desastres” aprobada por la autoridad vigente.
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